martes, 6 de abril de 2010

oficio TRICEL por próximas elecciones

Escuela de Derecho

Centro de Alumnos de Derecho

CAD /TRICEL / 04-2009.

MAT: Fijase requisitos para postular a cargos de Consejero de facultad y Representantes de Convención de Estudiantes. Fijase criterios para la calificación de los votos emitidos para la elección de Consejero de Facultad y Representantes de Convención de Estudiantes PUCV 2010, ha realizarse los días 15 y 16 del presente mes.

Valparaíso, 5 de abril de 2010.

A la
COMUNIDAD ESTUDIANTIL
Escuela de Derecho
P. Universidad Católica de Valparaíso
PRESENTE


Vistos:


Lo dispuesto en los artículos 45, 52, 54, 64 de los Estatutos Generales del Centro de Alumnos de Derecho de la Pontificia Universidad.
Lo dispuesto en el oficio CAD/PRESIDENCIA/38-2009.
Las facultades que me son propias.



Considerando:


Lo dispuesto en los Estatutos Generales del Centro de Alumnos de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso que establecen como labor del TRICEL llevar a cabo el proceso de inscripción de candidaturas de Consejero de Facultad y Representantes de Convención PUCV 2010. El requerimiento de la Mesa ejecutiva actual en orden a establecer los requisitos formales que rijan dicho proceso.






Resuelvo:


En virtud de lo señalado en los Estatutos generales de la Federación de Estudiantes PUCV se considerarán como requisitos para inscripción de candidaturas para Consejero de Facultad:
Alumno de curso superior (segundo año en adelante).
No desempeñar cargos tanto en Mesa ejecutiva como en secretarias anexas al CAD. Tampoco podrán inscribir candidaturas alumnos que desempeñen cargos de delegado de curso e integrantes del TRICEL.


Que se acompañarán, al momento de formular la solicitud de inscripción de la candidatura ante este tribunal, los siguientes documentos:


Individualización del alumno candidato conforme a lo establecido en el art. 59 de los Estatutos generales del Centro de alumnos de la Escuela de Derecho, más señalamiento del nombre, rol único nacional y firma del mismo.
Documento en que conste el patrocinio de la candidatura conforme a lo requerido en el artículo 54 inciso primero de los Estatutos Generales del Centro de alumnos de la Escuela de Derecho. Para efectos de esta presentación, se entenderá que corresponde al 5% mínimo de estudiantes requeridos, la cantidad de 36 alumnos. El patrocinio de los alumnos antes señalados se hará en los términos señalados en el inciso segundo del antedicho artículo 54.
Señalamiento de un slogan o frase que identifique al candidato.

Según lo determinado en los Estatutos generales de la Escuela de Derecho de la PUCV se considerarán como requisitos para inscripción de candidaturas para Representantes de Convención 2010 PUCV:
a) Alumnos de primer año o curso superior.

b) No desempeñar cargos tanto en Mesa ejecutiva como en secretarias anexas al CAD. Tampoco podrán presentarse candidaturas de miembros del TRICEL.


Que se acompañarán, al momento de formular la solicitud de inscripción de la candidatura ante este tribunal, los siguientes documentos:


Individualización del alumno candidato conforme a lo establecido en el art. 59 de los estatutos generales del centro de alumnos de la Escuela de Derecho, más señalamiento del nombre, rol único nacional y firma del mismo.


Los candidatos a ambos cargos deberán apersonarse en las oficinas del Centro de Alumnos, en las fechas y horarios señalados en el oficio respectivo, con el objeto de dar cumplimiento íntegro y en un solo acto a lo preceptuado en los Estatutos Generales del Centro de Alumnos de la Escuela de Derecho y en este oficio.


El plazo de inscripción de los candidatos será el día miércoles 7 y jueves 8 de abril desde las 11:35 hasta 13:15 Hrs. en la oficina del CAD.


Los candidatos tendrán dos días de campaña el lunes 12 y Martes 13.


La elección de Consejeros de Facultad y Representantes de Convención se realizará el día 15 y 16 de abril desde las 10:00 a 18:00 Hrs.


De acuerdo al art.59 los votantes deberán acreditar su identidad ante la mesa con uno de los siguientes:
a) Cédula Nacional de identidad, o documentos de naturaleza análoga para los extranjeros en su caso.

b) Pase escolar o Tarjeta nacional estudiantil.

c) Licencia de conducir.


En virtud del art.62 de los Estatutos Generales del Centro de Alumnos de la Escuela de Derecho PUCV, se considerara los siguiente en relación a los votos emitidos:
Son votos válidamente emitidos, aquellos en que se establezca clara preferencia, por ello se entenderá una marca más o menos vertical sobre la línea horizontal impresa en el voto que sea correspondiente a una sola de las preferencias en el caso de la votación de Consejero de facultad y dos en el caso de Representantes de Convención.
Son blancos, aquellos en los que no se marque ninguna preferencia.
Son votos nulos aquellos en los que se marque más de una preferencia y/o cualquier otra expresión diferente a lo señalado en la letra a.




Comuníquese, publíquese y archívese.




CAROLINA ARAYA CAROCCA

Presidente

EDUARDO FAÚNDEZ SÁNCHEZ
Secretario


FIORELLA CAVAGNARO VILLAR
Ministro

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¿Por qué el pollo cruzó la carretera?

Un pequeño chiste:

MARIA SOLEDAD QUINTANA: Ah no, es que tu no me puedes preguntar eso a esta altura del año, o sea , esto es, que no has estudiado nada sobre el tema, esto es vale decir que no estas preparado Juanito, ah no, tu eras Raquel, para el examen, por que esta materia se la voy a preguntar a todos en el examen, es mas, esto me da la idea para un trabajito, ya, para la próxima semana, quiero que me traigan 20 sentencias de a jurisprudencia reciente sobre por que el pollo cruzo la carretera.

ITALO MERELLO: El pollo, el pollo, el pollo cruzo, cruzo, la carretera, para llegar, para llegar, esta es solo mi humilde opinión, para llegar a allá, allá, a Bologna, y convertirse en glosador, en glosador y hacer glosas, de un pasaje, o fragmento de un texto del Corpus Iuris Avicolis.

ALEJANDRO GUZMAN BRITO: Primero, aquí se trata de una carretera, palabra derivada del verbo arcaico "carretorium", lugar por donde pasan los carruajes, y esta carretera es atravesada por un pollo, "avium" para los juristas clásicos, que Justiniano posteriormente llamo "pollus" y al cual los medievales dieron diversos nombres. Respecto al por que cruzo la carretera, fue para devolverse, pero este tema será tratado en profundidad mas adelante.

EDUARDO ALDUNATE: Aaaaaaaaaaaaaaaah! El típico error histórico respecto a por que el pollo cruzo el camino. A través de la historia se ha dicho que el pollo cruzo la carretera, pero dicen las malas lenguas que el pollo nunca cruzo la carretera, y así es como lo veo yo, así que si algún día les preguntan esto y les dicen que el pollo cruzo la carretera, ahi se distinguen como alumnos míos, y no de cualquiera, corrigiendo a quien diga que si cruzo la carretera.

NELSON REYES: El pollo cruzo la carretera, por que estaba facultado para ello, por que tenia el deber de hacerlo, por que estaba consignado en su dignidad, era su deresho subjetivo, existía la voluntad de parte del pollo de realizar dicha conducta, el pollo tenia un querer interno de llegar al otro lado, quería llegar, y es un tema complejo plantearse esta realidad jurídico-filosófica-avícola, del por que este pollo se motivo, tuvo ese querer interno de llegar al otro lado

LUIS RODRIGUEZ (Luchin): El pollo llamado Carlos Saul cruzo la carretera por que se dirigía a la casa de su novia la pollita Cecilia a matarla por ser una víbora, ya que le fue infiel con el pollo marrochino, el cruce de la carretera ya configuraría un principio de ejecución del delito de homicidio calificado que estudiaran el año sub. Sub. Siguiente cuando aprueben penal 1

EDUARDO CAAMAÑO: El Pollo cruzo la carretera por que es un trabajador y su paso por la vía publica es una señal de protesta por las bajas remuneraciones en alpiste y las pésimas condiciones laborales que brinda el granero subcontratista al que presta servicios, todas estas son practicas frecuentes, producto del sesgado sistema de corte neoliberal heredado del gobierno militar

PEDRO PIERRY: El pollo cruzo la carretera por que su lado del camino fue expropiado por la administración Avícola en un acto que podría parecer ilegal, pero que debió ser subsanado de acuerdo a MI doctrina, la cual fue ratificada en el fallo rol: 69 - 69 "Fisco contra Súper Pollo" de la Corte de Apelaciones de Santiago. Caso que por supuesto yo gane cuando estaba en el consejo de defensa, antes de ser nombrado ministro de la corte Suprema

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