Avisos importantes
2.El Jueves 29 , en cuanto se acabe la hora de práctica en la 9-10, se hará la reunión de memoria con la profesora Mejías. (No se va a correr, porque según su horario, esta semana no puede en las ventanas, ni a las 1.15)
Para optimizar el tiempo, le enviaré una lista de las preguntas que tengamos. Por esto, nuevamente les pido que sus inquietudes las hagan llegar al mail del curso. (Hasta ahora no ha llegado nada.)
3. Memoria
1º Recordar que hasta el 7 de mayo es el plazo para solicitar la inscripción del proyecto provisional de memoria. de que da cuenta los art. 82, 85 y 86 del Reglamento de Estudios conducente al Grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas.
2º La Secretaría Académica de las Escuela de Derecho será responsable de la formación custodia del Registro Especial de proyectos provisionales de memoria, establecido en el art. 82 del Reglamento de Estudios.
3º La solicitud de inscripción deberá ser presentada en la Jefatura de Docencia, acompañada de copia de la comunicación que ha dirigido el alumno al profesor a quien le ha solicitado ser guía del proyecto provisional o definitivo de memoria, y de la respuesta del profesor requerido.
4º El profesor a quien un alumno solicite por escrito dirigir su proyecto provisional o definitivo de memoria, deberá comunicar por escrito al alumno con copia al Jefe de departamento y a la Jefa de Docencia, su decisión de dirigir el proyecto o bien su imposibilidad de hacerlo, último caso en que deberá fundar su decisión.
5º En aquellos casos en que un profesor exceda el nº de 10 proyectos provisionales o definitivos de memoria que dirija coetáneamente, y existan alumnos interesados en ser guiados por dicho profesor pero que su solicitud haya sido rechazada por exceder el cupo antes señalado, deberán dirigir su solicitud a la Jefa de Docencia quien en coordinación con los respectivos Jefes de Depto determinará un mecanismo para priorizar las solicitudes y/o asignar como directores de proyectos a otros profesores del depto.
6º Los alumnos deberán reunirse periódicamente con sus profesores guías. Luego de cada reunión, remitirán una síntesis de los aspectos más relevantes de estas, que serán considerados en el avance del trabajo de memoria y en la calificación de la asignatura.
7º Para la aprobación de la asignatura será necesario que cada alumno presente al profesor que lo dirige, un proyecto de memoria ceñido a lo dispuesto en las normas del capítulo 1º del título IV y , en especial, a su artículo 76 y que éste sea calificado, al menos con nota 4,0. Para los efectos de la calificación, el profesor ponderará el trabajo realizado por el alumno en el semestre y, que el proyecto se estime apto para convocar a la reunión de orientación de memoria.
8º Si un alumno no desarrolla las actividades de Memoria 2, junto con la reprobación, el profesor encargado de su dirección podrá solicitar al sr. director de la escuela, por intermedio del jefe de departamento, la cancelación de la inscripción del tema.
9º Conforme a lo dispuesto en el art. 92 del Reglamento de estudios podrán dirigir memorias los profesores titulares y adjuntos y previa solicitud del Jefe de Departamento al Director de la Escuela, los profesores auxiliares, asociados, instructores o agregados.
Saludos,
Gabinete 5-01.